Por J. Luis Ahuactzin
Cerca de la media del jueves, diputados locales, a iniciativa del presidente de la Mesa Directiva, Miguel Ángel Caballero Yonca, torció la Ley y aprovechó la oscuridad de la noche, para aprobar la minuta de reforma constitucional que envío el Senado, para su aprobación.
Aún y cuando la Ley Orgánica y el Reglamento interior del Poder Legislativo no facultan a la Mesa Directiva para presentar dictámenes al Pleno para su aprobación, Caballero Yonca dijo en la sesión extraordinaria que dicha minuta fue presentada a iniciativa de la «Mesa Directiva» como proyecto de Decreto «para su aprobación».
De entrada, la Ley Orgánica, de entre las 21 facultades del presidente de la Mesa Directiva señaladas en el artículo 48, ninguna contempla que puede presentar dictámenes de iniciativas y menos de minutas remitidas por el Congreso de la Unión.
Sobre el Reglamento interno del Poder Legislativo, establece que el artículo 129, que «Ninguna proposición o proyecto se discutirá sin que primero pase a la comisión o comisiones correspondientes y estas hayan dictaminado (…)».
Aunque ese mismo artículo contempla que «Podrá dispensarse este requisito en los asuntos que por acuerdo expreso del Congreso se califiquen de urgencia o de obvia resolución (…)», tampoco siguió el trámite legislativo respectivo, por omisión o ignorancia.
No obstante, la misma norma interior del Congreso local, fue violentada por los diputados y Caballero Yonca, pues establece el artículo 57, que «Corresponde a la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación
y Justicia y Asuntos Políticos, el conocimiento de los asuntos siguientes:
I. De la minuta proyecto de Decreto que remita el Congreso de la Unión
respecto de reformas, adiciones o modificaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (…)».
El proceso Legislativo
Los diputados locales recibieron el pasado 10 de este mes, del Senado de la República, la notificación de aprobación de reforma a la Constitución federal sobre modificaciones al artículo 123, sobre sueldos y salarios, y la misma noche del jueves fue aprobada la minuta sin dictamen respectivo por la Comisión de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia, que encabeza el pevemista Jaciel González Herrera.
El Reglamento establece que para tramitar una iniciativa de Ley o Decreto, artículo 63, «Al recibir las comisiones los asuntos que les turnen, su presidente acusará el recibo correspondiente con copia para los demás integrantes de la comisión, citándolos a una sesión privada, presencial o electrónica, en la que se dará a conocer el contenido del asunto recibido, se designará por turno al diputado que actuará como ponente y se acordará el procedimiento a seguir para obtener la información necesaria que permita la elaboración del dictamen correspondiente (…)».
Luego señala el artículo 124, que «Todo dictamen contendrá, cuando menos, lo siguiente:
I. Referencia de los antecedentes del trabajo de la Comisión, que incluya el
resultado de las consultas, comparecencias y conferencias llevadas a cabo; II. Explicación resumida de los motivos, generales y particulares, en que se basa; III. Una parte expositiva de las razones jurídicas en que se funde y justifique, y IV. Concluir con proposiciones claras y sencillas que puedan sujetarse a
votación (…)».
Pese a que está regulado el proceso legislativo, Miguel Ángel Caballero Yonca, avaló la aprobación de la minuta sin que se cumplieran los pasos establecidos en su norma interna, violando su propia legislación.