Tlaxcala, Tlax., Desde el pasado 1 d enero de esta anualidad, entró en vigor el Artículo Cuarto transitorio de la Ley de Protección al Medio Ambiente y el Desarrollo Sostenible, que prohíbe la producción de plásticos de un solo uso; de lo contrario, también prevé multas.
De acuerdo con el “ARTÍCULO CUARTO”, este señala que “Para llevar a cabo la transición de plásticos de un solo uso, popotes y recipientes de unicel, como el reciclaje, el reúso y la reducción de productos altamente contaminantes, el cumplimiento de la presente Ley se realizará de forma gradual en los siguientes periodos…”.
Es decir, que en el caso de “LA NO PRODUCCIÓN DE PLÁSTICOS DE UN SOLO USO: A partir del día primero de enero del año dos mil veinticuatro…”.
Incluso, la legislación señala que los “PLÁSTICOS DE UN SOLO USO: Aquellos plásticos, incluyendo envases y empaques que están diseñados para ser usados por una sola vez, que no están sujetos a un plan de manejo obligatorio y que no son reutilizables, reciclables, compostables, ni son susceptibles de valorización o aprovechamiento…”.