Por J. Luis Ahuactzin
Al sesionar esta noche, el Pleno de la Sala Regional CDMX del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad de votos, revocó la sentencia que emitió el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET), que ordenó celebrar elección extraordinaria.
Durante la sesión pública, acumuló los juicios de Revisión Constitucional 149, 153, 154, 2107, 2108, promovidos por el Partido Alianza Ciudadana (PAC), Redes Sociales Progresistas Tlaxcala (RSPT), Fuerza Por México Tlaxcala (FXMT), y los Juicios de Protección de Derechos Político Electorales del Ciudadano, Jazmín Jiménez Rugerio y Margarita Serrano Sánchez, respectivamente.
Del análisis realizado a dichos medios legales, los magistrados consideraron fundador los agravios promovidos sobre la existencia de violencia política en razón de género y los magistrados de Tlaxcala determinó de manera incorrecta la actualización de la violencia política contra las mujeres.
Es decir, que los magistrados consideraron fundador el agravio presentado por la ahora presidenta municipal Jazmín Jiménez Rugerio, en materia de violencia política.
Sobre este hecho, el TET «no estudio de forma completa la violencia política en razón de género de forma exhaustiva, al ser agredida y se acreditó, pero no se relaciona con la elección; el tribunal local tampoco advirtió un análisis en Facebook sobre 3 publicaciones en contra de la entonces candidata de forma incorrecta.
Sobre los juicios 149, resolvió que los agravios fueron infundados sobre la resolución de forma apresura, así como el turismo electoral no se evidenció ni relacionó en documentales, para que impactaran en la votación.
Sobre la votación nula, los agravios fueron considerados como infundados, ya que RSPT, no demostró en que casillas hubo votos nulos o irregularidad denunciada.