14/09/2024 9:20 pm

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OFS retiró orden de crédito fiscal y embargo al exedil de Chiautempan Antonio Mendoza; violó sus derechos  

La Red Tlaxcala
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Por J. Luis Ahuactzin

El Juzgado Primero del Vigésimo Octavo Circuito con sede en Tlaxcala, este lunes determinó por cumplida la totalidad de la sentencia del Órgano de Fiscalización Superior (OFS), en la que ordenó dejar sin efectos todo lo actuado contra el expresidente municipal de Chiautempan, Antonio Mendoza Romero, que es retirar el Proceso de Responsabilidad Indemnizatoria 021/2018, eliminar el embargo a sus bienes, eliminar el crédito fiscal instaurado en su contra y comenzar un nuevo procedimiento.

La resolución cumplida en su totalidad  fue declarada este lunes, pese a que desde el 2023, la sentencia había sido emitida, pero incumplida por el OFS del Congreso de Tlaxcala.

En sentencia, se determinó que a Antonio Mendoza Romero,”pone en evidencia que se trasgredieron los derechos fundamentales del imperante de amparo, pues no se le permitió conocer los documentos soporte de dichas observaciones que le permitiera apreciar el motivo que originó el inicio del procedimiento responsabilidad indemnizatoria y, de esta manera, estar en aptitud de desplegar una defensa adecuada en el procedimiento de origen (…)“.

En consecuencia, “procede conceder el amparo y la protección de la Justicia de la Unión, en contra del acto reclamado al entonces diligenciado de la Auditoría Especial de Cumplimiento del Órgano de Fiscalización Superior del Congreso del Estado de Tlaxcala (…)”.

A Mendoza Romero, se le observó el incumplimiento de 24 observaciones del ejercicio fiscal del 2016, pero el juzgado determinó que “el pliego de observaciones pendientes por solventar no acredita en sí mismo faltas o irregularidades, pues para ello es menester que se realicen diversos análisis que conforman el informe de resultado final (…)”.

Luego añade, que “el solo hecho de que las autoridades no aclaren las observaciones que se le realizaron, no implica que incurran de manera automática en una irregularidad o falta que concluye en responsabilidad indemnizatoria, pues para ello debe de existir previamente un informe de resultados de la revisión de la cuenta pública, así como el dictamen de las auditorías (…)”.

Es así que al obtener el amparo de justicia federal, el OFS eliminó el procedimiento de responsabilidad administrativa y así lo informó mediante el expediente  oficio OFS/0763/2024 y la copia certificada del oficio OFS/0749/2024; además, el Director de Notarías y Registros Públicos del Estado de Tlaxcala, procedió a cancelar el registro de embargo que se tiene bajo el documento electrónico con sello registral RP82FK-94EA78-TR32G6, el cual corresponde a los bienes inmuebles del quejoso Antonio Mendoza Romero (…)”.

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