Por J. Luis Ahuactzin
Gracias a un juicio de amparo, un paciente tlaxcalteca que no estaba recibiendo atención médica logró que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) le otorgara cita de especialidad, donde finalmente se le detectó un padecimiento cardíaco y quedó internado.
De acuerdo con la síntesis del expediente al que tuvo acceso LaRedTlaxcala, 1392, del Poder Judicial de la Federación, el 16 de agosto un Juzgado de Distrito en Tlaxcala concedió de plano la suspensión del acto reclamado, ante la negativa del IMSS; y ordenó al Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Tlaxcala del IMSS:
- Realizar valoración urgente por cardiología o la especialidad que requiriera;
- De ser necesario, internarlo de manera inmediata en un hospital con capacidad para atenderlo;
- Realizar gestiones para procedimiento quirúrgico si fuera necesario, así como estudios, medicamentos, justificantes e incapacidades.
En el acuerdo se precisó que el paciente no estaba recibiendo atención en ningún hospital y que las autoridades quedaban bajo su más estricta responsabilidad para restaurar su salud, fue contundente la sentencia.
Ante la gravedad del caso, el juzgado dio 24 horas al IMSS para informar el cumplimiento, bajo apercibimiento de multa.
En el auto de seguimiento del 20 de agosto pasado, el propio IMSS informó al juzgado que sí se llevó a cabo la atención médica programada para el 19 de agosto en el servicio de Cardiología del Hospital de Especialidades en Puebla.
En esa valoración, el personal médico especialista estableció como diagnóstico principal: bloqueo auriculoventricular de segundo grado Mobitz I.
Además, asentó que el paciente no contaba con protocolo completo de estudio, por lo que ameritaba ecocardiograma y valoración por Neurología para normar conducta y se emitió orden de internamiento.
Ante ello, el juez federal requirió tanto a la autoridad responsable en Tlaxcala como al Director del Hospital de Especialidades de Puebla, para que dentro de 24 horas informen el seguimiento al padecimiento clínico del paciente y las medidas para cumplir con la suspensión de plano otorgada.
El juzgado advirtió que, aunque el director del hospital poblano no fue señalado inicialmente como autoridad responsable, al tratarse de una medida suspensiva en amparo, cualquier dependencia está obligada a acatarla.
La notificación se realiza vía exhorto al Juzgado de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y del Trabajo en el Estado de Puebla, para el cumplimiento de forma urgente ante el caso señalado y padecimiento.
Hasta el último informe, el paciente permanece internado y en revisión médica especializada.





