Por J. Luis Ahuactzin
Se trata de un paciente del sexo masculino, derechohabiente de la región norte del estado, quien acudió al IMSS de Apizaco para la aplicación de la vacuna del Virus del Papiloma Humanos (VPH), pero esta le fue negada.
Derivado de ello, promovió un amparo ante la justicia federal y les solicitó un informe de los hechos al director general del sistema Zoé Robledo, pero a través de la delegación estatal Tlaxcala se informó que es un tema «restringido».
«(…) el siete de noviembre de dos mil veinticinco, presentó queja ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, Delegación Tlaxcala, por la negativa de aplicarle la vacuna contra el virus del papiloma humano (VPH), por parte de su unidad familiar, con sede en Apizaco, Tlaxcala, de la Encargada de la Coordinación de Atención y Orientación al Derechohabiente en Tlaxcala, en la reiteraron la negativa de la inoculación, bajo el argumento de que dicho medicamento esta restringido a cierto grupo de la sociedad. (…)».
Y añaden que solo es para niñas y niños, personas de once a cuarenta y nueve años de edad y mujeres de nueve a diecinueve años víctimas de violencia sexual (…)», detalló el extracto de su informe.
Incluso, se advirtió qie «(…) Además, de que presenta manifestaciones clínicas compatibles con infección por virus del papiloma humano (VPH), en forma de lesiones visibles en su zona genital (…)».
No obstante a la justificación, el Juzgado Primero de Distrito con sede en Tlaxcala, señaló que es obligación de la institución de salud a brindar la atención médica como una garantía constitucional de derecho a la salud; por lo tanto, concedió el amparo de oficio la suspensión de plano, para que el IMSS le otorgue la vacuna.





