Por J Luis Ahuactzin
El Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Octavo Circuito, con sede en Tlaxcala, al resolver el Amparo en Revisión 453/2023, concedió la protección de la justicia a Enrique Escobar Cortés, como dirigente electo del Sindicato «7 de Mayo».
En la sentencia emitida, determinó que el Tribunal de Conciliación y Arbitraje (TCyA), deberá dejar sin efectos la resolución de fecha 26 de junio de 2023, por la que se le negó la Toma de Nota al entonces Comité Ejecutivo.
Derivado de ello, determinó qué, con libertad de jurisdicción, el Tribunal de Conciliación y Arbitraje (TCyA), deberá emitir una nueva resolución.
«(…) en la que provea la solicitud de toma de nota de nueve de junio de dos mil veintitrés; y, en caso de insistir en la negativa por considerar que existe violación alguna a la voluntad de los agremiados, deberá purgar los vicios de fundamentación y motivación destacados en esta resolución (…)».
Es decir, que los magistrados deberán solicitar al nuevo Comité Ejecutivo electo, subsane algunos procedimientos o documentales, e incluso una nueva elección.