• Se invadieron las atribuciones del municipio de Tlaxcala para adjudicar obra pública con cargo a sus propios recursos
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) invalidó una disposición de la Ley de Obras Públicas para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios que permitía que la Secretaría de Finanzas del Estado preseleccionara, suspendiera o cancelara a los posibles contratistas de obra pública a través del Padrón Único de Contratistas, lo cual se determinó invadía las atribuciones del municipio para adjudicar obra pública con cargo a sus propios recursos.
El Pleno de La Corte explicó que el artículo 29 bis, párrafo tercero de la Ley impugnada debe leerse a la luz del artículo 134 de la Constitución Política del país, del cual deriva una facultad reglamentaria del legislador para regular procedimientos, bases, reglas, requisitos y demás elementos para lograr la realización de los principios que informan el régimen contractual del Estado y así asegurar las mejores condiciones de precio, calidad, financiamiento y oportunidad; pero tal facultad de configuración legislativa tiene límites.
El Pleno advirtió que, en el caso concreto se actualizaron restricciones hacia el municipio para contratar obra pública:
1) la inscripción para los interesados es requisito obligatorio para poder participar en procedimientos de contratación;
2) los municipios no pueden contratar a quienes no se encuentren inscritos en el Padrón, y
3) la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado es la que resuelve la inscripción o negativa en el Padrón, así como su actualización, suspensión o cancelación.
Por lo tanto, el Pleno concluyó que, tal como está regulado el Padrón Único de Contratistas del Estado de Tlaxcala y sus Municipios en la legislación local, resulta violatorio de los principios constitucionales de la autonomía municipal y la libre administración hacendaria del Ayuntamiento.
Controversia constitucional 362/2023, promovida por el Municipio de Tlaxcala, Estado de Tlaxcala, demandando la invalidez del Decreto 225 por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 24 de mayo de 2023. Resuelto en sesión de Pleno, el 13 de mayo de 2025.