21/08/2026 11:28 PM

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Tribunal Colegiado ordena plena libertad a Neptalí, expresidente municipal de Calpulalpan, encarcelado en 2023 

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Por J. Luis Ahuactzin 

El expresidente municipal Calpulalpan, de oficio payaso, Neptalí G., recuperó su libertad de forma plena, tras ganar un amparo en revisión ante el Primer Tribunal Colegiado de Circuito con sede en Tlaxcala al Sistema Anticorrupción como a la entonces procuradora y ahora Fiscal, Ernestina Carro Roldán.

Al emitir la sentencia y ordenar su archivo, Neptalí salió del Centro de Reinserción Social (CERESO) de Apizaco, en el que estuvo detenido desde el 8 de diciembre de 2023, al dictarse prisión preventiva justificada.

Además de ello, los magistrados federales ordenaron la reposición del proceso penal 196, desde el principio, etapa de investigación, ya que el Ministerio Público del Sistema Anticorrupción, como juezas del Distrito Judicial de Sánchez Piedras del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), incurrieron en errores y truquearon la vinculación a proceso y la emisión de medida cautelar de prisión preventiva justificada.

Es decir, que también se ordenó dejar sin efectos el auto de vinculación a proceso dictado el 14 de diciembre de 2023; desde entonces detenido el exalcalde.

Esta medida alcanzó la libertad al extesorero y exdirector de obras públicas municipales, quienes recibieron las mismas medidas que su entonces patrón del ayuntamiento de Calpulalpan.

Dentro del expediente de más de 60 fojas al que tuvo acceso LaRedTlaxcala.com, magistrados federales revelaron que el proceso penal instaurado estuvo plagado de errores y vicios entre el Ministerio Público y juezas del TSJE, pues la medida cautelar de prisión preventiva «justificada», se basó en meras interpretaciones o conjeturas a la hora de solicitar el ejercicio de la acción penal, pues no obra en expediente datos de prueba que demuestren su dicho.

Es decir, que el exalcalde payaso fue encarcelado simple y sencillamente porque, según, de estar en libertad, se corría el riesgo de «obstaculización del procedimiento penal, porque existía riesgo de que los imputados ocultaran información (sic)…», refiere el texto de la página 19.

Además de ello, exhibe que «el juez analizó el acto reclamado relativo a la medida cautelar de prisión preventiva justificada y consideró que la juzgadora responsable (jueza) subsanó la deficiencia probatoria del Ministerio Público al solicitar la imposición de la prisión preventiva (…), revela la página 18.

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